Liquidación Laboral · Argentina

Despido durante licencia médica: cálculo y posibles reclamos

6 min read
licencia medicadespidoindemnizacionliquidación laboral

Despido durante licencia médica: cálculo y posibles reclamos

Recibir un telegrama de despido mientras estás enfermo y de licencia es una de las situaciones más estresantes que puede vivir un trabajador. En Argentina, esto es posible pero tiene consecuencias económicas agravadas para el empleador.

Índice

  1. El período de estabilidad por enfermedad
  2. Qué pasa si el empleador despide durante la licencia
  3. La indemnización especial del Art. 213 LCT
  4. Cómo se calcula el período de estabilidad restante
  5. Preguntas frecuentes

El período de estabilidad por enfermedad

La LCT (Arts. 208 a 213) establece que cuando un trabajador se enferma (por enfermedad o accidente inculpable, es decir, no relacionado con el trabajo), tiene derecho a:

Licencia paga:

  • Hasta 5 años de antigüedad: 3 meses de licencia paga
  • Más de 5 años de antigüedad: 6 meses de licencia paga
  • Con cargas de familia: se duplican estos plazos

Período de conservación del empleo: Después de la licencia paga, si el trabajador no se recuperó, el empleador debe conservar el puesto por 1 año sin obligación de pagar sueldo.

Qué pasa si el empleador despide durante la licencia

Si el empleador despide al trabajador durante el período de licencia paga (cuando todavía se le debe pagar el sueldo), además de la indemnización ordinaria del Art. 245 LCT, debe pagar también la indemnización especial del Art. 213.

Esta indemnización equivale a los salarios que hubiera percibido el trabajador hasta el alta médica o durante el período faltante de la licencia paga, lo que resulte mayor.

La indemnización especial del Art. 213 LCT

Fórmula:

Indemnización Art. 213 = Sueldo × Meses de licencia restantes (desde el despido hasta completar el período de estabilidad)

Ejemplo:

  • Antigüedad: 3 años → período de licencia paga: 3 meses
  • Lleva 1 mes de licencia cuando lo despiden → restan 2 meses
  • Sueldo: $600.000
  • Indemnización Art. 213: $600.000 × 2 = $1.200.000

Esta indemnización se suma a la ordinaria del Art. 245.

Calculá tu indemnización ordinaria

Conocé la base del Art. 245 y sumale luego lo del Art. 213 según tu situación.

Calcular mi indemnización

Cómo se calcula el período de estabilidad restante

Para calcular la indemnización del Art. 213:

  1. Determiná tu período total de licencia paga (3 o 6 meses, según antigüedad y cargas de familia).
  2. Calculá cuántos meses de esa licencia ya transcurrieron al momento del despido.
  3. La diferencia es el "período restante" que se paga como indemnización adicional.

Preguntas frecuentes

¿El empleador puede despedirme durante la licencia médica?

Sí, puede hacerlo. Pero si lo hace durante la licencia paga, debe abonar la indemnización especial del Art. 213 además de la ordinaria.

¿Qué pasa si me despiden después de la licencia paga pero durante el año de conservación del empleo?

En ese caso solo corresponde la indemnización ordinaria del Art. 245, no la del Art. 213. Pero si el despido tiene relación con la enfermedad, puede haber discriminación.

¿La enfermedad preexistente cambia algo?

No para la licencia paga. La LCT no distingue entre enfermedades preexistentes y nuevas. Lo que importa es que la enfermedad sea inculpable (no relacionada con el trabajo).

¿Si me recupero antes, el empleador tiene que reincorporarme?

Sí. Si te recuperaste dentro del período de conservación del empleo, tenés derecho a volver a tu puesto. Si el empleador no te reincorpora sin causa justificada, corresponde la indemnización ordinaria.

Conclusión

El despido durante licencia médica tiene costos extras para el empleador. Si estabas de licencia cuando te despidieron, calculá la indemnización ordinaria y sumale el período de estabilidad restante según el Art. 213. Es una situación que requiere asesoramiento legal específico.