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Integración del mes de despido: qué es y cuándo se cobra

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Integración del mes de despido: qué es y cuándo se cobra

La integración del mes de despido es un rubro pequeño pero frecuentemente omitido en las liquidaciones laborales. Aquí te explicamos qué es, cuándo aplica y cómo calcularlo.

Índice

  1. Qué es la integración del mes de despido
  2. Cuándo corresponde
  3. Cómo se calcula
  4. Ejemplos prácticos
  5. Preguntas frecuentes

Qué es la integración del mes de despido

La integración del mes de despido (Art. 233 LCT) es el pago que corresponde cuando el empleador da el preaviso (o lo sustituye en dinero) durante el transcurso de un mes, en lugar de hacerlo desde el primer día del mes.

En pocas palabras: si el despido no ocurrió el primer día hábil del mes, los días que van desde el despido hasta el último día del mes se pagan como "integración".

Cuándo corresponde

Corresponde siempre que:

  • El empleador no da preaviso (lo que es lo más habitual, pagando la sustitución en dinero), y
  • El despido no se notificó el primer día hábil de un mes.

Si el despido fue el 1° de un mes, no hay integración porque el preaviso ya empezaría desde el primer día del mes siguiente.

En la práctica: casi siempre hay integración del mes, porque los despidos raramente ocurren justo el 1° de cada mes.

Cómo se calcula

Fórmula:

Integración = (Sueldo mensual / 30) × Días restantes del mes desde el día del despido

Días restantes: se cuentan desde el día siguiente al despido hasta el último día del mes (inclusive).

Ejemplos prácticos

Caso 1: Despido el 10 de agosto. Días restantes del mes: 31 - 10 = 21 días. Sueldo: $600.000. Integración = $600.000 / 30 × 21 = $420.000

Caso 2: Despido el 20 de junio. Días restantes del mes: 30 - 20 = 10 días. Sueldo: $600.000. Integración = $600.000 / 30 × 10 = $200.000

Caso 3: Despido el 1 de septiembre. No hay integración (es el primer día del mes).

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Preguntas frecuentes

¿La integración del mes cuenta si di preaviso trabajado?

No. Si el empleador te dio el preaviso con anticipación y lo trabajaste, el preaviso corre desde el primer día del mes siguiente a la notificación, por lo que no hay días "a integrar".

¿Sobre la integración también hay SAC?

Sí. Hay un SAC proporcional sobre la integración del mes, aunque es un monto muy pequeño. En la práctica, muchos liquidadores lo omiten, pero técnicamente es obligatorio.

¿Si me despidieron el último día del mes, hay integración?

No. Si el despido fue el último día del mes (por ejemplo, el 31 de octubre), no quedan días por integrar.

¿Cómo la detectás en la liquidación?

Buscá en el detalle de rubros si aparece "integración mes de despido" o "días de integración". Si no aparece y tu despido no fue el 1° del mes, el empleador se lo salteó.

Conclusión

La integración del mes de despido es un rubro chico pero obligatorio. Chequeá siempre que esté incluido en tu liquidación laboral. Si el despido fue a mitad de mes y no aparece en la liquidación, es un error que podés reclamar antes de firmar.