Liquidación Laboral · Argentina
Nueva reforma laboral: preguntas frecuentes sobre despidos e indemnizaciones
Nueva reforma laboral: preguntas frecuentes sobre despidos e indemnizaciones
Desde la sanción de la Ley Bases en 2024, las consultas sobre despidos e indemnizaciones se multiplicaron. Este artículo responde las preguntas más frecuentes de manera directa y sin jerga legal.
Preguntas frecuentes
¿La reforma laboral eliminó la indemnización por despido?
No. La indemnización del Art. 245 LCT (1 sueldo × año de antigüedad) sigue plenamente vigente para la mayoría de los trabajadores argentinos.
¿Qué cambió exactamente con la Ley Bases?
Tres cosas:
- El período de prueba se extendió de 3 a 6 meses (hasta 12 en PyMEs).
- Se creó el fondo de cese laboral como alternativa opcional al Art. 245.
- Se amplió la posibilidad de flexibilizar condiciones laborales por convenio colectivo.
¿Me afecta el período de prueba extendido?
Solo si tu contrato fue celebrado después de la sanción de la ley. Los contratos anteriores mantienen el período de prueba de 3 meses.
¿El fondo de cese me aplica automáticamente?
No. Solo aplica si el convenio colectivo de tu actividad lo adoptó y fue homologado por el Ministerio de Trabajo. Sin eso, seguís bajo el Art. 245.
¿Cómo sé si estoy bajo el fondo de cese o bajo el Art. 245?
Tu empleador o sindicato deben haberte informado formalmente. Si no recibiste ninguna comunicación, probablemente seguís bajo el régimen tradicional.
¿Cuánto me corresponde si me despiden en 2026?
Depende de si estás bajo el régimen tradicional (Art. 245) o bajo un FCL. Para el régimen tradicional, la fórmula es: mejor sueldo × años de antigüedad (mín. 2 sueldos). Podés calcularlo gratis en nuestra herramienta.
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¿El recargo del 50% por falta de pago sigue vigente?
Sí. La Ley 25.323, Art. 2 sigue vigente. Si el empleador no paga la liquidación en tiempo y forma, corresponde el recargo del 50%.
¿Las multas por trabajo en negro siguen?
Sí. La Ley 24.013 y sus multas por falta de registración o registración defectuosa siguen plenamente vigentes.
¿Qué pasa si mi empresa cerró y no puede pagarme?
Si la empresa quebró o cerró sin pagar, tenés derecho a presentarte como acreedor en el proceso concursal o de quiebra. Los créditos laborales tienen privilegio especial en la quiebra (se cobran antes que los acreedores comunes).
¿El despido discriminatorio sigue siendo más caro para el empleador?
Sí. La Ley 23.592 y la jurisprudencia que duplica la indemnización en casos de discriminación siguen vigentes.
¿Cambió el plazo de prescripción laboral?
No. El plazo de prescripción laboral sigue siendo de 2 años desde que el crédito es exigible.
¿Qué pasa con el preaviso?
Sigue igual: hasta 5 años de antigüedad → 1 mes de preaviso; más de 5 años → 2 meses.
¿Las vacaciones y el aguinaldo proporcional siguen siendo obligatorios?
Sí, tanto en despido como en renuncia. Son rubros de la liquidación laboral que no fueron afectados por la reforma.
¿Puedo usar una calculadora online para saber cuánto me corresponde?
Sí, y es lo primero que recomendamos hacer. Una calculadora despido laboral actualizada te da el estimado en minutos con todos los rubros desglosados.
Conclusión
La reforma laboral de 2024 introdujo cambios puntuales, pero el sistema de indemnización por despido sin causa sigue funcionando de la misma manera para la mayoría de los trabajadores. Si te despidieron, calculá primero, negociá después y firmá solo cuando estés seguro de que el monto es correcto.